Consejo Nacional de Participación Social en Educación (CONAPASE) Presentación Las autoridades educativas promoverán, de conformidad con los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal, la participación de la sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública, así como ampliar la cobertura de los servicios educativos. La Secretaría de Educación Pública promoverá el establecimiento y funcionamiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, como instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información, en la que se encuentren representados padres de familia y sus asociaciones, maestros y su organización sindical, quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, autoridades educativas, organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto social sea la educación, así como los sectores social y productivo especialmente interesados en la educación. Tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas, conocerá el desarrollo y la evolución del sistema educativo nacional, podrá opinar en asuntos pedagógicos, planes y programas de estudio y propondrá políticas para elevar la calidad y la cobertura de la educación. Mandato Estatutario Artículo 100. Son Facultades y Obligaciones del Comité Nacional de Vinculación Social las siguientes: 1. Construir y desarrollar la relación del Sindicato con los movimientos sociales y organizaciones de la sociedad civil, los cuales con base al respeto a su autonomía, hagan posible establecer alianzas, impulsar acuerdos y proyectos, y desarrollar acciones conjuntas para responder a los intereses y aspiraciones de sus miembros, contribuir a la consolidación de un México desarrollado, solidario, justo, libre, democrático y soberano. 1. En materia de Vinculación Social y Organizaciones Adherentes: 2. Coadyuvar en la consolidación de la relación escuela, sociedad y gobierno, impulsando la concreción de los mandatos contenidos en la Ley General de Educación, y los deberes asumidos en el Compromiso Social por la Calidad de la Educación. 3. Favorecer la integración de los Consejos Escolares de Participación Social en educación para fortalecer la vinculación con los padres de familia, los diferentes sectores sociales y productivos en beneficio de la calidad y equidad educativas. Responsables Nacionales * Silvia Luna Rodríguez * José Nieves García Caro Objetivo General Favorecer la vinculación de los Consejos Escolares de Participación Social con los diferentes sectores sociales, productivos y gubernamentales que permita fortalecer a la educación y la escuela pública como el detonante del desarrollo humano, comunitario, sustentable regional y nacional y promover la corresponsabilidad social. Descripción y Características El Consejo Nacional de Participación Social en la Educación es una instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información, en la que están representados padres de familia y sus asociaciones, maestros y su organización sindical, autoridades educativas, así como los sectores sociales especialmente interesados en la educación, que conjuntan voluntades en la labor de conocer los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas así como el desarrollo y la evolución del sistema educativo nacional, con el objetivo primordial de coadyuvar con las autoridades educativas en las acciones orientadas a elevar la calidad y la cobertura de la educación, mediante las siguientes actividades: * Opinar sobre asuntos pedagógicos, planes y programas de estudio. * Coordinar los esfuerzos e intercambiar información con los consejos estatales, municipales y escolares de participación social. * Recibir las propuestas de la sociedad sobre temas educativos y * Proponer acciones y políticas para el mejoramiento de la educación básica del país. En el cumplimiento de su objetivo, el CONAPASE debe abstenerse de intervenir en los aspectos laborales de los establecimientos educativos y en cuestiones políticas y religiosas. Esquema de Operación Los Consejos son instancias de participación social en la educación, de consulta, orientación, colaboración, apoyo e información , según corresponda, con el propósito de participar en actividades tendientes a fortalecer, ampliar la cobertura y elevar la calidad y la equidad en la educación básica. A nivel federal se constituirá y operará un Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, de conformidad con el artículo 72 de la Ley General de la Educación. En cada entidad federativa se constituirá y operará un Consejo Estatal de Participación Social en la Educación, de conformidad con el artículo 71 de la Ley General de la Educación. En cada municipio se constituirá y operará un Consejo Municipal de Participación Social en la Educación, de conformidad con el artículo 70 de la Ley General de Educación. En cada escuela pública de educación básica, la autoridad escolar hará lo conducente para que se constituya y opere un Consejo Escolar de Participación Social en la Educación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Educación. Asimismo, consejos análogos deberán de operar en las escuelas particulares de educación básica. Cada uno de estos consejos deberán elaborar un proyecto de participación social en la educación, en el que se fijarán las estrategias, acciones y metas acordes a las necesidades y competencias de cada uno de ellos. Integración del Consejo El Consejo Nacional de Participación Social en la Educación se integrará por: * Un Consejero Presidente. * Un representante de la Secretaría de Educación Pública. * Cuatro titulares de las autoridades educativas locales, uno por cada una de las zonas geográficas. * Dieciséis representantes de los Consejos de Participación Social constituidos, cuatro por cada una de las cuatro zonas geográficas. * Dos representantes de asociaciones de padres de familia. * Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil y del sector empresarial, vinculados con el tema educativo. * Dos investigadores en materia educativa o académicos reconocidos. * Dos maestros distinguidos con experiencia frente a grupo. * Dos representantes del SNTE, quienes lo serán de los intereses laborales de los trabajadores. Beneficios para los Agremiados * Mantener una estrecha comunicación entre los diferentes actores de la comunidad educativa, en el ámbito nacional, estatal, municipal y escolar. * Fortalecer a la educación y la escuela pública a partir de la corresponsabilidad social.