Carrera Magisterial Antecedentes La educación es el medio fundamental de las sociedades para conservar, transmitir y transformar la cultura y la vida de los individuos. En este sentido se constituye en el soporte para el desarrollo de las humanidades, la ciencia y la tecnología, actividades sustantivas para el avance y el progreso de las naciones. Una aspiración de la sociedad es aumentar la calidad de la formación de los miembros que la integran para lograr el nivel de competitividad exigido por los procesos de modernización y globalización. Para enfrentar los retos impuestos por las actuales exigencias internacionales es indispensable fortalecer la educación nacional. La educación en México tiene orientaciones, metas y compromisos claramente definidos, los cuales están expresados en forma precisa en el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Educación. En mayo de 1992 el gobierno federal, los gobiernos de los estados y el Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación suscribieron el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, en el que se establecieron tres líneas centrales de acción: la reorganización del sistema educativo, la reformulación de los contenidos y materiales educativos y la revaloración de la función social del magisterio, en el cual el docente es concebido como el protagonista de la transformación educativa. En esta última línea se propuso la creación del Programa Nacional de Carrera Magisterial. A la luz de los preceptos legales, del contexto histórico y del diálogo razonado entre la Secretaría de Educación Pública y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación surge dicho programa, como uno de los medios para impulsar la profesionalización del trabajo de los docentes de educación básica. Fundamento Estatutario Artículo 90. Son atribuciones y obligaciones del Colegiado Nacional de Desarrollo Educativo, Cultural y Superación Profesional las siguientes: Fracción XXV. En materia de Carrera Magisterial, las siguientes: Observar y vigilar los cuatro ejes fundamentales del Programa Nacional de Carrera Magisterial: Normatividad, operatividad, evaluación y recursos financieros. Pugnar porque los Lineamientos de Carrera Magisterial sean revisados de manera permanente para su actualización y perfeccionamiento, vigilando que su aplicación se lleve a cabo con transparencia. Demandar de las autoridades educativas, que sean la evaluación del desempeño y la formación permanente, los elementos que propicien la superación del docente, de su carrera profesional y su nivel de ingreso. Exigir el cumplimiento irrestricto de la bilateralidad del Programa Nacional de Carrera Magisterial. Pugnar porque al Programa Nacional de Carrera Magisterial ingrese todo el personal docente, directivo, de supervisión y técnico-pedagógico. Artículo 160. Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Carrera Magisterial del Comité Ejecutivo Seccional, además de las señaladas en el artículo 90 fracción XXV del Estatuto del SNTE, en su ámbito de competencia las siguientes: Representar al Comité Ejecutivo Seccional en la Comisión Estatal SEP-SNTE de Carrera Magisterial; Vigilar el cumplimiento de las normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos que emitan las Comisiones Nacional y Estatal SEP-SNTE de Carrera Magisterial; Asesorar a los miembros de la Sección en las peticiones y planteamientos que realicen con relación al programa; Aplicar en la Sección los ejes fundamentales del Programa de Carrera Magisterial: Normatividad, operatividad, evaluación y recursos financieros; Exigir el cumplimiento de la bilateralidad del Programa de Carrera Magisterial; Demandar de las autoridades educativas, que sean: La evaluación del desempeño y la formación permanente, los elementos que propicien la superación del docente, de su carrera profesional y su nivel de ingreso;y, Las demás que le confiera la Secretaría General, y que se deriven del Estatuto del SNTE. Responsables Colegiado Nacional de Desarrollo Educativo, Cultural y Superación Profesional. Secretaría de Carrera Magisterial del Comité Ejecutivo Seccional. Comisiones Nacional y Estatal SEP – SNTE de Carrera Magisterial. Objetivos Generales Coadyuvar a elevar la calidad de la educación nacional, mediante el fortalecimiento de la profesionalización de los participantes al impulsar la actualización e innovación de la práctica docente. Valorar la actividad docente, fortaleciendo el aprecio por la función social del profesor. Reconocer y estimular a los docentes que obtengan logros educativos relevantes, para mejorar sus condiciones de vida, profesionales y laborales. Objetivos Específicos Fomentar en los participantes el desarrollo de estrategias educativas y procedimientos didácticos para mejorar el aprendizaje de los alumnos, así como consolidar la cultura de la evaluación. Propiciar que el docente obtenga una mejora significativa en el aprendizaje de los alumnos. Reconocer las actividades extraclase que realizan los docentes para favorecer el desarrollo integral del alumno en un ambiente escolar sano y seguro que estimule su aprendizaje. Privilegiar la capacitación, actualización y superación profesionales del docente, mediante su participación en procesos de formación continua que contribuyan a mejorar su desempeño. Estimular a los profesores que laboran en escuelas ubicadas en zonas de bajo desarrollo, así como a los que atienden alumnos que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación. Fomentar la permanencia de los docentes en las funciones que realizan. Descripción Carrera Magisterial es un sistema de estímulos económicos de promoción horizontal para maestros de educación básica pública (prescolar, primaria, secundaria y grupos afines) La participación en el Programa es individual y voluntaria, se sustenta en la evaluación sistemática e integral del docente y del aprovechamiento escolar de sus alumnos; además permite alcanzar estímulos económicos sin cambiar de función. Vertientes de participación: Primera: Docentes frente a grupos. Segunda: Personal directivo y de supervisión. Tercera: Personal en actividades técnico – pedagógicas. (Consideradas hasta la vigésimo segunda etapa). Carrera Magisterial cuenta con cinco niveles de estímulos consecutivos. Para promoverse al siguiente nivel es necesario cumplir con los años de permanencia, cubrir los requisitos normativos y alcanzar los más altos puntajes en el sistema de evaluación. Comisión Nacional SEP-SNTE Es el Órgano de Gobierno del Programa cuyas funciones principales son: Emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos relativos al Programa Nacional de Carrera Magisterial. Supervisar y evaluar en todo el País el desarrollo de Carrera Magisterial. Asesorar y capacitar a las comisiones paritarias estatales en el conocimiento y manejo de los aspectos normativos, financieros, informáticos y operativos del Programa. Promover la innovación y la mejora continua de Carrera Magisterial. Atender lo no previsto en los lineamientos generales. La Comisión se integra por representantes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). Requisitos Cubrir la antigüedad en el servicio docente. Cumplir el grado académico, de acuerdo con su nivel y modalidad. Llenar y/o entregar la cédula de inscripción o reinscripción, según sea el caso. Realizar la evaluación en todos los factores propios de la vertiente en que participa. Obtener en la evaluación global el puntaje requerido para la etapa. Casos Específicos: Los profesores con doble plaza podrán participar con ambas, para lo cual deberán requisitar una cédula de inscripción para cada una de éstas, además de cumplir con los requisitos predeterminados para cada una. Este caso no aplica para aquellos que incurran en incompatibilidad horaria. El personal docente cuya contratación sea por hora/semana/mes, podrá participar cuando sus nombramientos sean equivalentes o mayor al número de horas mínimas requeridas, establecidas en la convocatoria de la etapa y las desempeñe en asignaturas afines.Los docentes que dentro de la primera vertiente no cubran el grado académico requerido, podrán participar en el programa siempre y cuando cuenten con quince años de antigüedad en el servicio y con los diez últimos en el mismo nivel o modalidad educativa al 1º de septiembre del ciclo en que deseen participar. Documentación necesaria para conformar el expediente: A. Constancia de servicios que indique: a. Antigüedad. b. Lugar de adscripción. c. Funciones que realiza el docente. d. Si hubo o no incidencias en el servicio. B. Copia del o los comprobantes de grado académico. C. Copia de la(s) cédula(s) de inscripción. D. Copia del documento que acredite la inscripción del docente a la evaluación del factor preparación profesional. E. Cédulas de evaluación del desempeño profesional. F. Copia de constancias de acreditación de cursos nacionales y estatales. G. Copia del documento de comisión oficial, en su caso. H. Copia del formato único de personal o equivalente. I. Copia del talón de cheque.