Comité Nacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Antecedentes La Reforma Constitucional en materia de Transparencia y Acceso a la Información fue un proceso que inició con la presentación de la iniciativa el 20 de diciembre de 2012 hasta su promulgación el pasado 7 de febrero de 2014. La modificación principal se realizó en el artículo 6 de la Constitución, en la que se menciona que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal estatal y municipal es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. La reforma también contempló el plazo de un año para llevar a cabo la adecuación a la Ley de Transparencia y Acceso a la información. Mismo plazo se otorgó a los Estados de la Federación para armonizar sus respectivas disposiciones legales. El SNTE proactivamente ha realizado a lo largo de su historia acciones en favor de la democracia, la transparencia sindical y se anticipó en los hechos a la disposición legal que lo convierte en sujeto obligado de la Ley de Transparencia. Muestra de ello es la existencia de órganos nacionales de gobierno encargados específicamente del control, evaluación y establecimiento mecanismos de transparencia y rendición de resultados. Además del establecimiento de estructuras formales para tal fin, el Estatuto del SNTE señala claramente la obligación de la dirigencia de presentar informes periódicos del ejercicio presupuestal. Lo anterior aunado a una serie de medidas que se han impulsado a partir de 2013 para eficientar y transparentar los recursos sindicales, una de ellas es el establecimiento de la Comisión Nacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del SNTE. Mandato Estatutario Según lo establecido en el estatuto vigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Artículo 93, son atribuciones y obligaciones del Colegiado Nacional de Administración y Finanzas, las siguientes: Fracción I: Formar parte de la Comisión Nacional de Presupuesto. Fracción II: Establecer políticas que en materia de Administración y Finanzas, permitan la eficiencia financiera y el cuidado del patrimonio sindical. Fracción V: Contribuir en la instrumentación y aplicación de las normas y lineamientos para la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos destinados al cumplimiento de las metas y compromisos establecidos en el presente estatuto. Fracción VI: Aplicar normas, controles y procedimientos preventivos para el uso adecuado de los bienes y recursos del Sindicato. En el artículo 104 son facultades y obligaciones del Comité Nacional de Vigilancia, Transparencia y Rendición de Resultados las siguientes: Fracción XLI, Inciso C: Supervisar que en las distintas áreas del Comité Nacional existan controles y sistemas que por sí mismos protejan el patrimonio y recursos del Sindicato, y que se cuente con información correcta y oportuna que permita evaluar, medir, seguir, interpretar, concluir y hacer las recomendaciones pertinentes. Normatividad Institucional, en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios: Capítulo I, Disposiciones Generales, Artículos 4 y 5; Capítulo II de las contrataciones, Artículos 6 al 13; Capítulo III, Condiciones de compra, Artículos del 14 al 22; Capítulo IV, Facturación y formas de pago, Artículos del 22 al 36; Capítulo V, Contratos, Artículos del 37 al 44; Capítulo VI, Información y verificación de datos, Artículos del 45 al 50; y Capítulo VII, Solución de controversias, Artículos 51 y 52. Responsables Nacionales * Prof. Alfonso Cepeda Salas, Coordinador del Colegiado Nacional de Administración y Finanzas y Presidente de la Comisión. * Lic. Helena María Sanguinetti Dobal, Representante del Presidente del Consejo General Sindical del SNTE. * Profa. Silvia Luna Rodríguez, Presidenta del Comité Nacional de Vinculación Social. * Lic. Soralla Bañuelos de la Torre, Apoderada General del SNTE. Objetivos Generales y Específicos Objetivo General: Regular las acciones relativas a la contratación, gasto y control de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como disponer de un instrumento específico que oriente y guíe las actividades; fijar los criterios y procedimientos que deben seguir quienes intervienen en la contratación y administración de las adquisiciones, arrendamientos y servicios; todo ello en el cumplimiento con las disposiciones del Estatuto del SNTE. Objetivo Específico: Contar con una instancia colegiada, que en su proceso adquiera, en las mejores condiciones de precio, calidad y entrega oportuna, los insumos que la organización requiere en el bien mueble y en cumplimiento de sus facultades y obligaciones estatutarias. Descripción y Características 1. Solicitud de Adquisición. 2. Autorización de adjudicación. 3. Solicitudes de propuestas económicas a proveedores. 4. Adjudicación por partida. 5. Recepción de los bienes y servicios. 6. Pago de los bienes y servicios. Comisión Nacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios En este órgano colegiado, se deposita la responsabilidad de autorizar las adquisiciones que realiza el Sindicato. De cara a este nuevo reto, la Comisión Nacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios opera en esta primera etapa mediante el mecanismo de invitación a por lo menos tres proveedores. Una vez que Congreso de la Unión apruebe la ley secundaria en materia de transparencia y se hayan definido las reglas de operación respectivas, se implantará a nivel nacional y se determinarán los demás mecanismos de adquisición que tradicionalmente se utilizan en el mercado, como son licitación, adjudicación directa y subasta en reversa, para que tanto el uso de los recursos públicos como el de las cuotas de los agremiados al Sindicato se ejerzan conforme a las mejores prácticas asumidas por el sector público y reglamentadas por sus leyes, reglamentos y lineamientos Requisitos En la actualidad, solo aplica para el Comité Ejecutivo Nacional, sin embargo considerando la Fracción XIII y XLI, Incisos C del Estatuto, se impulsa su implementación en las Secciones Sindicales del SNTE en el país. 1. Solicitud de Adquisición. 2. Autorización de Adquisición. 3. Solicitudes de propuestas económicas (cotizaciones) a proveedores. 4. Adjudicación por partida. 5. Recepción, ingreso, control y entrega del bien y servicios al solicitante. 6. Pago de los bienes y servicios. Beneficios para los Agremiados * Transparencia y rendición de resultados sobre el ejercicio de sus aportaciones. * Información clara y oportuna a través de la página del OPTISNTE.