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Secretaría de Sistemas Estatales de Seguridad Social

Atribuciones y Obligaciones

Art 94. …
Son atribuciones y obligaciones específicas de la Secretaría de Sistemas Estatales de Seguridad Social, las siguientes:
X. Analizar las prestaciones y servicios sociales recibidas por los miembros del Sindicato en los sistemas estatales de seguridad social y elaborar las propuestas que mejoren su eficiencia, calidad así como las modificaciones presupuestales y legales que sean necesarias para su preservación y fortalecimiento;
XI. Promover que se simplifiquen los trámites de todo asunto relativo a los servicios médicos de los sistemas estatales de seguridad social, así como los de previsión y asistencia social que reciben los miembros del Sindicato y sus derechohabientes;
XII. Exigir ante las autoridades correspondientes, la prestación eficiente de los servicios médicos asistenciales y preventivos, que se otorgan a los miembros del Sindicato y sus derechohabientes y en caso de irregularidades, ejercitar las acciones legales que correspondan;
XIII. Promover, previo acuerdo con la Presidencia del SNTE y la Secretaría General, el establecimiento de medidas de prevención que protejan a los trabajadores de la educación al servicio de las entidades federativas, así como la posible contratación de seguros que beneficien a los trabajadores de la educación, miembros del Sindicato;
XIV. Exigir que los planteamientos de nuestros representantes sindicales en los Órganos de Gobierno de los Organismos de Seguridad Social, sea atendida en beneficio de los agremiados; y,
XV. Las demás que le confieran la Presidencia del SNTE y la Secretaría General.