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Secretaría de Desarrollo Educativo

Atribuciones y Obligaciones

Artículo 10. El Sindicato tiene como objeto social y fines:

  1. Defender los derechos laborales, sociales, económicos y profesionales de sus miembros;
  2. Mantener la unidad de sus integrantes a nivel nacional y defender la autonomía sindical;

III. Luchar por el desarrollo personal y el logro de las aspiraciones de sus agremiados;

  1. Pugnar por el fortalecimiento del sistema educativo nacional, en apego al contenido del

Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  1. Promover y orientar la participación de la sociedad en el proceso educativo;
  2. Pugnar por el mejoramiento, calidad y equidad de la educación;

VII. Promover la incorporación de los contenidos regionales a la educación nacional y contribuir a la eficiencia del sistema educativo nacional;

VIII. Promover el establecimiento de condiciones de trabajo compatibles con las necesidades particulares de cada entidad de la República Mexicana;

  1. Promover la revisión periódica de las condiciones de trabajo, formación, actualización, capacitación y superación profesional, evaluación y estímulos al servicio de los trabajadores de la educación, sobre parámetros vinculados al mejor desempeño; y
  2. Promover que se garanticen e incrementen los niveles de escolaridad de grupos marginados, favoreciendo la educación indígena, bilingüe y pluricultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior.  …

Artículo 90. Son atribuciones y obligaciones del Colegiado Nacional de Profesionalización Docente, Desarrollo Educativo y Fomento Cultural, las siguientes: 

Son atribuciones y obligaciones específicas de la Secretaría de Desarrollo Educativo, las siguientes:

XXIV. Elaborar los Programas de Investigación que proponga el Comité Ejecutivo Nacional a las autoridades, para el mejoramiento de la educación, y previo acuerdo con la Secretaría General, conducir la participación de sus miembros en la orientación y desarrollo de la educación nacional;

XXV. Desarrollar programas de análisis de la educación, revisión de las currículas y propuestas para su actualización;

XXVI. Realizar las investigaciones encargadas por la Secretaría General en materia educativa;

XXVII. Alentar la difusión de los avances mundiales en la educación y de los sistemas educativos. Simultáneamente contribuir con el modelo educativo para que se concrete una visión integral de la educación que sea incluyente, pública, laica, gratuita y de calidad con equidad;

XXVIII. Vigilar que los indicadores y parámetros de los instrumentos de la evaluación de la educación, sean pertinentes a las condiciones económicas y culturales en los que se desarrolla el proceso educativo, y sus resultados contribuyan a mejorar la calidad de la educación a través de una evaluación integral y contextualizada;

XXIX. Elaborar estudios de los avances de los modelos educativos en el mundo y darlos a conocer a los trabajadores de la educación;

XXX. Participar en el diseño, planeación y ejecución del Congreso Nacional de Educación;

XXXI. Proponer para su autorización a la Secretaría General, todas las acciones tendientes a promover el Desarrollo Educativo entre los trabajadores de la educación; y,

XXXII. Las demás que les confieran la Presidencia del SNTE y la Secretaría General.