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Secretaría de Asuntos de Pensiones y Jubilaciones

Atribuciones y Obligaciones

Art 94. …
Son atribuciones y obligaciones específicas de la Secretaría de Asuntos de Pensiones y Jubilaciones, las siguientes:
XXXI. Asesorar a los miembros del Sindicato y gestionar ante las autoridades correspondientes las peticiones de pensión o jubilación a que tengan derecho, y en su caso, a los familiares que les corresponda una prestación derivada de la anterior;
XXXII. Promover el establecimiento de centros de hospedaje, descanso, recreación y servicios médicos de alta especialización en beneficio de los jubilados y pensionados;
XXXIII. Tramitar los asuntos relativos a la condición de pensionados y jubilados que le presenten a los miembros del Sindicato;
XXXIV. Mantener actualizada la información referente a la evolución de los sistemas pensionarios a nivel nacional e internacional, con el fin de proponer oportunamente las acciones que mejor convengan a los intereses del gremio;
XXXV. Promover Reformas legales en beneficio de jubilados y pensionados; especialmente las relativas a la revisión periódica del monto de las jubilaciones o pensiones;
XXXVI. Promover el otorgamiento de exenciones, descuentos y en general, de toda clase de franquicias en favor de los pensionados y jubilados y de sus beneficiarios;
XXXVII. Generar programas de servicios y solidaridad sindical que beneficien a los jubilados y pensionados, a partir de la creación y administración de un Fondo Nacional para Previsión Social y Fomento a la Cultura del Ahorro para los trabajadores de la educación; y,
XXXVIII. Las demás que le confieran la Presidencia del SNTE y la Secretaría General.