PENSIONISSSTE Presentación La seguridad social es uno de los grandes temas de nuestra agenda, porque refleja claramente nuestra lucha por la calidad de vida de todos los integrantes del SNTE, activos y jubilados. Todos sabemos que el desafío mayor de la seguridad social, en cuanto a las pensiones, es que cumplan con el objetivo de que los trabajadores tengan en su ahorro, recursos económicos que les permitan un buen nivel de vida al concluir su etapa laboral. Por ello, es importante proporcionar información acerca de la importancia del Ahorro para el Retiro y así construir solidariamente las condiciones para un retiro digno. ¿Qué es PENSIONISSSTE? En 2007 se reformó la Ley del ISSSTE y se crea el Fondo Nacional de Pensiones de los trabajadores al Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE. El PENSIONISSSTE es un Órgano Público Desconcentrado del ISSSTE, su función es administrar las Cuentas Individuales de los trabajadores que eligieron esta opción y de los que ingresaron al servicio a partir de abril de 2007 Misión Administrar con eficiencia, transparencia y seguridad los recursos de los trabajadores, para que al momento de su retiro obtengan una mejor pensión, cuidando profesionalmente su inversión para que logre mayor rentabilidad. Mandato Estatutario El SNTE cumple con el mandato de tener tres vocales como miembros de la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE de acuerdo a lo señalado en el artículo 110 de la Ley del ISSSTE. Artículo 110. La dirección y administración del PENSIONISSSTE estará a cargo de una Comisión Ejecutiva integrada por dieciocho miembros como a continuación se indica: IV. Nueve vocales nombrados por las organizaciones de trabajadores… Vocales acreditados por el SNTE: Silvia Luna Rodríguez Emigdio Coronado Bussani Gerardo Montenegro Ibarra Objetivos Representar a los trabajadores de la educación que pertenecen al régimen de cuentas individuales cuyos recursos administra el PENSIONISSSTE. Salvaguardar los intereses de los Trabajadores de la Educación en las operaciones del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado. Proponer ante la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE, estrategias de inversión de los recursos de Pensiones observando lo establecido en el artículo 109 de la Ley del ISSSTE. Descripción y Características Artículo 112. La Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE tendrá las atribuciones y funciones siguientes: I. Resolver sobre las operaciones del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al servicio del Estado, excepto aquéllas que por su importancia ameriten acuerdo expreso de la Junta Directiva, la que deberá acordar lo conducente; II. Presentar a la aprobación de la Junta Directiva por conducto del Vocal Ejecutivo, los presupuestos de ingresos y egresos, los planes de labores y financiamiento, así como los estados financieros y el informe de labores formulados por el Vocal Ejecutivo; III. Proponer a la Junta Directiva del Instituto la estrategia de inversión de los recursos de Pensiones observando lo establecido en el artículo 109 de esta Ley, y IV. Las demás que señale la Junta Directiva del ISSSTE Esquema de Operación El PENSIONISSSTE cobra la comisión más baja de todas las AFORES por administrar los recursos de los trabajadores en las SIEFORES, tal y como está establecido en la Ley. Desde el inicio de su operación en 2008, PENSIONISSSTE cobra la comisión más baja del mercado. De 2008 a 2011, cobró el 1.0% anual sobre saldo. De 2012 a 2014, PENSIONISSSTE cobró el 0.99% de comisión anual sobre saldo. Durante 2015, cobró el 0.92% anual sobre saldo. En 2016, cobró el 0.89% anual sobre saldo A partir del 1 de enero de 2017, PENSIONISSSTE cobra el 0.86% anual sobre saldo Recursos que administra o registra Para los trabajadores que están bajo el régimen de Cuentas Individuales administra: Los recursos que se depositan por concepto de cuotas y aportaciones en las subcuentas: Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Ahorro Solidario. Aportaciones Complementarias de Retiro. Aportaciones Voluntarias. Aportaciones de Ahorro de Corto y Largo Plazo. Administra la información correspondiente al Fondo de la Vivienda y al Bono de Pensión. Para los trabajadores que eligieron el régimen previsto en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE: Administra los recursos de la subcuenta de Ahorro para el Retiro y las aportaciones de retiro. Administra la información correspondiente al Fondo de la Vivienda. ¿Quién regula al PENSIONISSSTE? La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). Además para todas la decisiones: Los trabajadores están representados en todos los órganos de gobierno del PENSIONISSSTE. Esto garantiza que las acciones del PENSIONISSSTE se orienten en beneficio de los trabajadores. Asimismo, sus servidores públicos están sujetos a las responsabilidades y sanciones establecidas en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. ¿PensionISSSTE cobra por Administrar los Recursos? El PENSIONISSSTE cobra la comisión más baja de todas las AFORES por administrar los recursos de los trabajadores en las SIEFORES, tal y como está establecido en la Ley. Al inicio de su operación, de 2008 a 2011, PENSIONISSSTE cobraba el 1.0% de comisión, que era la más baja del mercado. De 2012 a 2014, PENSIONISSSTE cobró el 0.99% de comisión anual sobre saldo, siendo la más barata en dicho periodo. Durante 2015, cobró el 0.92% de comisión anual sobre saldo, continuando como la más barata del mercado. Durante 2016, cobró el 0.89% de comisión anual sobre saldo, conservándose como la más barata del mercado. A partir del 1 de enero de 2017, PENSIONISSSTE cobrará el 0.86% de comisión anual sobre saldo, manteniéndose como la más barata del mercado en los últimos 9 años. ¿PENSIONISSSTE puede garantizar algún rendimiento a través de las SIEFORES? No, porque el rendimiento depende de las condiciones del mercado. Lo que si garantiza es el estricto control de las inversiones, tanto por parte de la CONSAR como por los órganos internos del PENSIONISSSTE, cuyo mandato es lograr los máximos rendimientos y los menores riesgos posibles. Remanente de Operación Son los ingresos que provienen del cobro de comisión de PENSIONISSSTE a los cuentahabientes, una vez que se cubren los gastos de administración y la constitución de las reservas, podemos decir que son las utilidades. ¿Qué se hace con el remanente de la operación? Esos recursos se distribuyen anualmente entre los cuentahabientes del PENSIONISSSTE, muy similar al reparto de utilidades. Esto es posible porque el PENSIONISSSTE no es una empresa privada, no tiene fines de lucro, se administra con la finalidad de lograr los mejores rendimientos para los trabajadores y que al final de su vida laboral tengan una mejor pensión. ¿Ya estás Planeando Pensionarte? Tomar la decisión de retirarte de la vida laboral implica planeación, elegir el momento más adecuado. Por supuesto, eso depende de cada trabajador, pero se sugiere considerar: ¿Qué necesidades seguirás pagando?: alimentación, vivienda (renta, hipoteca, servicios), vestido, gastos médicos adicionales o de la familia, educación, transporte, deudas, entre otros. Si ya cumples con los requisitos establecidos en la Ley. Acudir a la oficina de atención del PENSIONISSSTE más cercana para que te apoyen con el cálculo del monto de tu pensión, en las diferentes modalidades previstas en la Ley. Verificar que tu ahorro para el retiro obtenido te garantice cierto nivel de ingreso. Considera que al momento de tu retiro recibirás también otros fondos, como el del SAR, fondo de retiro. Busca asesoría profesional si deseas invertir, porque el monto de tus ahorros de retiro representa en ocasiones un riesgo, te ofrecerán atractivos e inverosímiles planes de inversión que multiplicarán tus ahorros, elige la seguridad. ¿Existen Diferentes Modalidades de Pensión? Si, para pensionarte debes decidir cómo quieres recibir tu renta mensual o pensión. Esa es una decisión muy importante, ya que define la forma y el monto de tu ingreso. Las modalidades de pensión son: Renta Vitalicia: Consiste en contratar con la Aseguradora de tu elección, un Seguro para obtener una pensión mensual vitalicia. La Renta Vitalicia se calcula una sola vez en la fecha de otorgamiento de pensión con base en el saldo de tu Cuenta Individual y tu edad. Su costo puede variar dependiendo de la Aseguradora que elijas, las condiciones financieras y la normatividad vigente al momento de su cálculo. Retiro Programado: El pensionado recibirá una renta mensual, que se descontará del monto total ahorrado, mientras permanezca con vida o exista saldo en la Cuenta Individual. El saldo de la Cuenta Individual la administrará el PENSIONISSSTE, los recursos siguirán generando rendimientos. Cada 12 meses se calculará el monto de la pensión vigente para el siguiente año. En el caso de fallecimiento del pensionado, si aún existe saldo en la Cuenta Individual, éste se podrá heredar a sus beneficiarios designados. Si eliges un Retiro Programado, considera que podrás contratar una Renta Vitalicia en cualquier momento, siempre y cuando tengas un saldo suficiente, es decir, equivalente al menos a una Pensión Garantizada. Pensión Garantizada: ¿Cuándo aplica la pensión garantizada? Cuando se cumple con los requisitos para obtener una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez, y en la Cuenta Individual no se tienen los recursos suficientes para contratar una Renta Vitalicia, en este caso el Seguro de Sobrevivencia asegurará una Pensión Garantizada (el equivalente a dos veces el salario mínimo mensual de la zona “A”). ¿Qué beneficios obtienes? Seguro de Salud como pensionado. Pensión vitalicia por un monto mensual igual a dos veces el salario mínimo mensual de la zona “A”, el monto se actualizará anualmente conforme al INPC* y en caso de fallecimiento, la misma pensión se pagará a los beneficiarios designados. La pensión que corresponda a los derechohabientes del pensionado fallecido, se entregará a estos aún cuando estuvieran gozando de otra pensión de cualquier naturaleza ¿Cómo Asegurar a los Beneficiados? Solo para los trabajadores que tengan Beneficiarios Legales. En todas las modalidades de pensión, cuando el pensionado tenga beneficiarios(as) legales: Primero contratarás un Seguro de Sobrevivencia para tus beneficiarios con la Aseguradora que elijas (compara antes de decidir); Segundo, con el saldo se te calculará el monto de tu renta o pensión por la modalidad que decidas. ¿Cuáles son las Modalidades de Retiro? Si, la Ley del ISSSTE establece como modalidades de Retiro: RETIRO POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ (RCV): Requisitos Quedar privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad (Cesantía en Edad Avanzada), o al cumplir 65 años de edad (Vejez) y, en ambos casos, contar con un mínimo de 25 años de cotización. ¿Qué Beneficios Obtienes? Seguro de Salud como pensionado. Si tu saldo es suficiente para contar con una pensión y en su caso el Seguro de Sobrevivencia por un monto de al menos la Pensión Garantizada*, puede elegir entre dos modalidades de pensión: Renta Vitalicia o Retiros Programados, en los dos casos deberás contratar el Seguro de Sobrevivencia para tus beneficiarios. Si elige la modalidad de Renta Vitalicia, obtendrá los mismos beneficios mencionados para el Retiro Anticipado. *La Pensión Garantizada: el equivalente a dos veces el salario mínimo mensual de la zona “A” RETIRO ANTICIPADO Requisitos SOLAMENTE que el saldo de tu Cuenta Individual sea suficiente para contratar con una Aseguradora de tu elección, una Renta Vitalicia y en su caso el Seguro de Sobrevivencia para tus derechohabientes, que alcance para una pensión de por lo menos dos veces el salario mínimo mensual de la zona “A”, mas un 30% el monto que resulte se actualizará anualmente conforme al INPC. No Se Requiere Edad mínima. Tiempo de cotización. ¿Qué Beneficios Obtienes? Seguro de Salud como pensionado. Que tu pensión mensual se actualice anualmente conforme al INPC.* Después de contratar la Renta Vitalicia y en su caso el Seguro de Sobrevivencia por la pensión mínima, eliges cómo disponer del excedente. Retirar el monto excedente en una o varias exhibiciones, el cual está exento de contribuciones, o emplear una parte de dicho excedente para incrementar su pensión. ¿En qué Casos no Puedes Acceder a una Pensión? La negativa de pensión se da cuando el trabajador cumple con los requisitos de edad para Cesantía o Vejez, pero no reúne 25 años de cotización, si aún así desea dar por concluida su vida laboral, puede retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición, sin tener derecho a pensión. Beneficio para los Agremiados De entre los beneficios de estar afiliado a PENSIONISSSTE, destacan los siguientes: * Es la única Afore pública del mercado con sentido social. * Es la Afore que cobra la comisión más barata del mercado. * Es una de las Afores que otorga los mejores rendimientos netos del mercado. * Es la única Afore que distribuye entre sus cuentahabientes una parte de las utilidades, a través del depósito en las cuentas individuales de los trabajadores del remanente de operación. * Es la única Afore del mercado donde existe representación de los trabajadores en su Órgano de Gobierno.